ene 11, 2012
LABAC

Arsénico en agua: prórroga para el límite de 0,01 ppm

La CONAL-Comisión Nacional de Alimentos, decidió en Acta 93 de diciembre de 2011, “…que se prorrogue el plazo de cinco años previstos en los Artículos 982 y 983 del Código Alimentario Argentino para alcanzar el valor de 0,01 ppm en los términos previstos en dichos artículos, hasta contar con los resultados del estudio “HIDROARSENISCISMO Y SANEAMIENTO BÁSICO EN LA REPÚBLICA ARGENTINA -Estudios básicos para el estalecimiento de criterios y prioridades sanitarias en cobertura y calidad de aguas- cuyos términos fueron elaborados por la Subsecretaría de Recursos hídricos del Ministerio de Planificación Federal”

Es importante recordar que mediante la Resolución conjunta 68 y 196/2007, se modificaba los artículos 982 y 983 del Código Alimentario Argentino, disminuyendo el límite de arsénico para agua de bebida de 0,05 ppm a 0,01 ppm, dando un plazo de 5 años (vencía en junio de 2012) para adaptarse al nuevo parámetro. Mediante esta acta, la CONAL prorroga este plazo hasta que se finalicen el estudio arriba mencionado.

Mediante este link puede acceder al contenido del acta Nº 93

 

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